El Ayuntamiento suspende la actividad administrativa presencial que se viene desarrollando en los edificios públicos pertenecientes a este Ayuntamiento, conforme a las resoluciones anteriormente adoptadas por esta Administración.
Se consideran como esenciales, al menos, los siguientes servicios públicos:
•- Policía y Protección Civil
•- Centro de Atención Integrada a las drogodependencias (CAID)
•- Servicios sociales (atenciones en situación de emergencia social)
•- El punto de violencia de género.
•- Canales de información de emergencias y situaciones de necesidad de las Delegaciones
•- Los Servicios de inhumación del Cementerio Municipal.
A continuación se relacionan todas las medidas acordadas en la última Junta de Gobierno, celebrada hoy viernes, 13 de marzo, a las 13:30 horas:
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes en sesión celebrada el 13 de marzo de 2020 ha adoptado las siguientes medidas extraordinarias en relación con la prestación de servicios municipales por la situación excepcional generada por el brote COVID-19:
PRIMERO.- En materia de contratación administrativa, adoptar las siguientes medidas:
Primero.- En aplicación de lo dispuesto en el artículo 208 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se acuerda la suspensión de los siguientes contratos durante el plazo de vigencia de las medidas de contención decretadas por las Administraciones:
•- CON 12/18 Servicio de mediación familiar
•- CON 27/17 Servicio de Conserjería para Colegios Públicos de Educación Infantil, Primaria, Educación Especial y E.E.I.I. municipales.
•- CON 61/18 Servicio para la ejecución del programa de apoyo para el fortalecimiento y desarrollo de la convivencia escolar, emocional y social, tolerante e igualitaria
•- CON 9/18 Servicio para la realización de programa de actividades de ocupación del tiempo libre en días y horarios no lectivos en centros escolares
•- CON 14/12 Gestión integral del servicio público de la Escuela Municipal de Música y Danza
•- CON 67/18 Servicio de ejecución del mantenimiento y gestión de las APP´s y tablets del Programa «Sanse Tablet»
•- CON 41/09 Gestión Escuela infantil Dehesa Vieja
•- CON 68/18 Servicio de comedor y auxiliare domésticas en las escuelas infantiles y del apoyo a las familias con niños/as con dificultades en el control de esfínteres
•- CON 17/18 Servicio de cursos de formación y promoción de mujeres de la sección de igualdad
•- CON 4/20 Servicio de apoyo técnico y logístico en la organización de la «Carrera del Día de la Mujer» (se aplaza al 27-09-2020)
•- CON 28/19 Servicio de dinamización social y ocupación del ocio y tiempo libre y participación dirigido a personas mayores
•- CON 6/18 Servicio de actividades preventivas, de apoyo social, estimulación de la memoria y ocupación y tiempo libre desde un enfoque integral dirigido a personas mayores
•- CON 64/19 Servicio programa Sanse Activo dirigido a personas mayores
•- CON 59/18 Servicio de control de sala para el Aula de estudio y mediateca del Centro Joven de San Sebastián de los Reyes
•- CON 63/17 Servicio de coordinación pedagógica y dinamización de la Escuela de Animación y Educación Infantil y juvenil en el tiempo libre de San Sebastián de los Reyes e información, dinamización y participación juvenil dirigido a adolescentes y jóvenes del municipio y de los institutos de Educación Secundaria de San Sebastián de los Reyes
•- CON 49/17 Servicio de coordinación, control de acceso, gestión de locales de ensayo y dinamización, difusión, asistencia técnica y docencia en las actividades musicales y culturales de San Sebastián de los Reyes
•- CON 60/19 Servicio de docencia de la Escuela de Animación y Educación Infantil y Juvenil en el tiempo libre de San Sebastián de los Reyes
•- CON 63/19 Servicio de actividades de ocio y tiempo libre dirigidas a la población infantil
•- CON 29/18 Servicio para la explotación de la cafetería del Centro Joven
•- CON 04/16 Servicios postales
•- CON 03/17 Conserjería del Ayuntamiento
•- CON 45/17 Servicio de asistencia técnica TAM
•- CON 23/18 Suministro e instalación de butacas, revestimiento de suelo y luces de balizamiento para el teatro auditorio Adolfo Marsillach
•- CON 69/17 Suministro de sistema de sonido de sala para el Teatro Auditorio Municipal «Adolfo Marsillach» de San Sebastián de los Reyes.
•- CON 66/18 Servicio de restauración y cafetería del Centro Municipal de Personas Mayores
•- CON 22/18 Servicios para explotación de cafetería del campo de hockey de San Sebastián de los Reyes
•- CON 42/15 concesión cafetería Centro Empresas
•- CON 35/14 Explotación cafetería Centro Joven
•- CON 64/04 Concesión de cafetería del Polideportivo
•- CON 39/12 Cesión y explotación de cafetería del complejo de campos de fútbol Dehesa Vieja
•- CON 28/17 Servicio de personal de sala del TAM «Adolfo Marsillach» de San Sebastián de los Reyes
•- CON 16/17 Gestión de cursos de la Universidad Popular de San Sebastián de los Reyes
•- CON 17/16 Servicio de asistencia técnica de espectáculos y actividades culturales para la iluminación, sonido, audiovisuales, para el Servicio de Cultura de San Sebastián de los Reyes
•- CON 15/17 Servicio de estudios de la poesía de la Universidad Popular
•- CON 55/17 Servicio de atención al público en sábados y apoyo en horario de tarde en las Bibliotecas
•- CON 48/18 Servicio teleformación y formación Lean Startup
•- CON 31/17 Servicio de edición de La Plaza
•- CON 51/19 Lote 1 Plan Formación Continua (Procesos selectivos)
•- CON 51/19 Lote 2 Plan Formación Continua (Resilencia)
•- CON 51/19 Lote 3 Plan Formación Continua (Risoterapia)
•- CON 51/19 Lote 5 Plan Formación Continua (Novedades legislativas)
•- CON 51/19 Lote 6 Plan Formación Continua (Prevención lesiones músculo-esqueléticos)
•- CON 51/19 Lote 10 Plan Formación Continua (Manipulación de cargas medios mecánicos)
•- CON 12/20 Servicio de elaboración de la caldereta y suministro de productos alimenticios y leña para las calderetas populares del 2 de mayo de 2020
En cuanto a los contratos menores afectados por la suspensión serán los siguientes:
PROGRAMA | NOMBRE ACTIVIDAD | FECHA |
Entrega Premio Félix Grande | Concierto Cuco Pérez | 19-03-2020 |
Los viernes de la tradición | Tocodebanda (Roberto Tombesi&Corrado Corradi) | 13-03-2020 |
Los viernes de la tradición | Carlos Beceiro y Los Mandolikuentes | 20-03-2020 |
Los viernes de la tradición | Rita Ruivo | 27-03-2020 |
Programación regular TAM | El coronel no tiene quien le escriba | 14-03-2020 |
Programación regular TAM | Miramiró | 15-03-2020 |
Programación regular TAM | Iphigenia en Vallecas | 20-03-2020 |
Programación regular TAM | Concierto «Mujeres de carnes y verso» Juan Valderrama | 21-03-2020 |
Los jueves del cuento | Aurora Maroto | 11-03-2020 |
Los jueves del cuento | Aurora Maroto | 19-03-2020 |
Día del cuento | Elena Octavia (Dos sesiones) | 25-03-2020 |
Semana del libro | Maisa Marbán | 1-4-2020 |
Semana del libro | Paula Carballeira | 21-04-2020 |
Semana del libro | Pep Bruno, S.L. | 22-04-2020 |
Optometría Violeta | 13-03-2020 |
El presente acuerdo servirá de acta para los contratistas a efectos de lo dispuesto en el citado art. 208 LCSP y deberá notificarse a aquellos de manera inmediata por parte de los responsables de cada contrato.
Los contratos que conlleven abono de canon al Ayuntamiento estarán exentos de su pago en tanto en cuanto permanezca la situación decretada.
Las indemnizaciones que procedan, en su caso, se determinarán una vez se haya levantado la suspensión, de forma que pueda concretarse el alcance de la misma.
Segundo.- Acordar la suspensión de todos los plazos administrativos de los procedimientos de licitación que se encuentren en marcha, por el tiempo que dure la paralización de actividad.
El presente acuerdo habrá de publicarse en la Plataforma de Contratación del Estado en relación a cada licitación.
Tercero.- La prórroga automática de los contratos prorrogables que puedan vencer en este periodo excepcional y la prórroga forzosa de todos aquellos contratos no prorrogables que venzan durante este periodo.
Cuarto.- De acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, a todos los contratos que hayan de celebrarse por esta Administración para atender las necesidades derivadas de la protección de las personas y del mantenimiento de los servicios esenciales les resultará de aplicación la tramitación de emergencia prevista en el art. 120 LCSP.
El libramiento de los fondos necesarios para hacer frente a los gastos que genere la adopción de medidas para la protección de la salud de las personas frente al COVID-19 se realizarán a justificar.
SEGUNDO.- En materia de Recursos Humanos, se adoptan las siguientes medidas:
Primero: Garantizando el manteniendo de los servicios públicos municipales en todas las Delegaciones, acordar la suspensión de la actividad administrativa presencial que se viene desarrollando en los edificios públicos pertenecientes a este Ayuntamiento, conforme a las resoluciones anteriormente adoptadas por esta Administración.
Se consideran como esenciales, al menos, los siguientes servicios públicos:
•- Policía y Protección Civil
•- Centro de Atención Integrada a las drogodependencias (CAID)
•- Servicios sociales (atenciones en situación de emergencia social)
•- El punto de violencia de género.
•- Canales de información de emergencias y situaciones de necesidad de las Delegaciones
•- Los Servicios de inhumación del Cementerio Municipal.
En cualquier caso, se garantizará la prestación de los servicios esenciales definidos en el artículo 26 de la LRBRL.
Segundo: En mérito de lo anterior, autorizar a todo el personal del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes la permanencia en su domicilio, en tanto dure la suspensión de actividades, con plena disponibilidad para su localización por parte de sus respectivos responsables, siendo factible, en su caso, la realización de teletrabajo.
La concreta adscripción de trabajadores a los servicios que requieran atención presencial se realizará por los responsables de cada servicio o, en su defecto, por el Departamento de Recursos Humanos.
Asimismo, se concretará por los responsables, relación nominativa del personal municipal con especial responsabilidad, que se encargarán personalmente en garantizar la respuesta a situaciones de emergencia y necesidad, habilitándoles al respecto en su caso las herramientas técnicas que precisen.
Tercero: Por los servicios administrativos se adoptarán las medidas necesarias para garantizar el pago de la nómina de su personal y para garantizar el pago de otros gastos inaplazables para el correcto funcionamiento de los servicios municipales.
Cuarto: Publicar la presente resolución en el Tablón de anuncios municipal y Página web, comunicándola así mismo a todo el personal municipal por medios telemáticos.
TERCERO.- Suspender la celebración de las sesiones de todos los órganos colegiados del Ayuntamiento, entendidos estos en el más amplio sentido, e incluyendo Pleno de la Corporación, Comisiones Permanentes, Junta de Gobierno Local, Consejos Sectoriales, Mesas de negociación, Tribunales, grupos de trabajo, etc.
No obstante dicha suspensión, podrán celebrarse sesiones extraordinarias de cualquiera de ellos, si las circunstancias lo hicieran necesario. Particularmente por parte de aquellos órganos creados para ayudar en la toma de decisiones ante la crisis planteada por el COVID-19.
CUARTO.- En materia de Protección Civil, se garantizará la coordinación con los servicios de emergencias sanitarios y de seguridad, mantener el transporte y de asistencia sanitaria, los sistemas de auto protección y protección cuidada y organizar los servicios tanto asistenciales como preventivos del personal de la agrupación de voluntarios de Protección Civil.
QUINTO.- En materia de Obras y Servicios Públicos, se constituye una brigada de incidencias para actuaciones en vía pública o centros administrativos.
SEXTO.- Desde los servicios auxiliares se garantizará la apertura y cierre de los edificios municipales que finalmente queden abiertos.
Desde el servicio de atención ciudadana se garantizará un servicio mínimo para resolver cualquier incidencia de atención presencial.
El servicio de atención telefónica y 010 funcionará con normalidad.
SÉPTIMO.- En el Servicio de Tesorería, se garantizarán los pagos a terceros, con la siguiente prelación:
a.- Emergencias
b.- Ayudas sociales imprescindibles.
c.- Nominas
d.- Resto de pagos a proveedores y subvenciones.
OCTAVO.- Por la Intervención Municipal, se habilitarán los créditos necesarios para cubrir cuantos gastos de emergencia sea preciso realizar.
En caso de que no exista crédito adecuado y suficiente, se procederá a su dotación de conformidad con lo establecido en la Ley General Presupuestaria.
NOVENO.- En el marco de la seguridad jurídica de las partes intervinientes en los procesos administrativos de cualquier tipo, afectados por la suspensión que ahora se acuerda, se entiende interrumpido hasta que sea levantada la suspensión, el cómputo de todos los plazos de naturaleza administrativa, tanto los de cumplimiento por la Administración, como los de cumplimiento por los interesados, en cualquier tipo de procedimiento administrativo individual o colectivo. Dicha cláusula es aplicable igualmente a las actuaciones de los Organismos Autónomos dependientes de este Ayuntamiento.
DÉCIMO.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en la web municipal, el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en la Plataforma de Contratos del Sector Público.
UNDÉCIMO.- La vigencia de este acuerdo se extiende desde su adopción y tiene carácter indefinido en tanto se mantenga la situación actual.
San Sebastián de los Reyes, a 13 de marzo de 2020
EL ALCALDE,
Fdo. Narciso Romero Morro
La Plaza de Sanse